¿Cuántos años se debe aportar para jubilarse?

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Conozca cuantos años se debe aportar para jubilarse en Ecuador, el IESS ha establecido cuantas aportaciones se necesitan y a los cuantos años se puede jubilar en Ecuador. La jubilación se produce cuando un trabajador, que ha prestado sus servicios como tal a lo largo de su vida activa, al cumplir determinada edad deja de trabajar y percibe una pensión de jubilación.

La pensión de jubilación la pagará el Instituto Nacional de la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta ajena en régimen general, en regímenes especiales de la misma Seguridad Social y los que estuvieran cotizando como trabajadores por cuenta propia (autónomos).

¿Cuántos años se debe aportar para jubilarse?

En el país existen dos vías por las que una persona que aporta al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social puede optar por jubilarse.

Jubilación por invalidez

Una de ellas es si por una invalidez, que implica que un afiliado que tiene una enfermedad crónica, que haya sido diagnosticada y que haya recibido tratamiento por más de seis meses sin respuesta terapéutica o que haya dejado secuelas permanentes. Ante esto es necesario contar con un tiempo de cotización mínimo en el Seguro.

En cambio, para personas con alguna discapacidad igual o mayor al 30% puede jubilarse si cumple con una de las condiciones: para cualquier tipo de discapacidad es necesario tener 300 imposiciones o si tiene discapacidad intelectual es necesario contar con 240.

¿Cuáles son los requisitos de jubilación por invalidez?

Las condiciones son las siguientes:

  • Para afiliados activos: deben cumplir como mínimo con 60 aportaciones.
  • Si es afiliado cesante: debe registrar como mínimo 120 aportes.

¿Cuál es el trámite para la jubilación por invalidez?

  • Genere un Solicitud de Jubilación por Invalidez ingresando a la página web del IESS (www.iess.gob.ec), en la sección Asegurados => Pensionistas => Jubilación => Ingrese el número de cédula y la clave personal.
  • Ingreso de Solicitud de Jubilación por Invalidez .
  • Llene la información solicitada y genere una orden de Atención médica, guarde la solicitud e imprimida la Orden Médica.
  • Con la Orden Médica acercarse a la Unidad Médica del IESS y solicite una cita médica con el Médico Evaluador de Invalidez.
  • El resultado de los exámenes se remite al Comité Nacional Valuador, para la calificación correspondiente.
  • La calificación por invalidez se basa en el resultado de la evaluación médica, de cuyo informe se pondera el grado de incapacidad para trabajar, determinado por el Comité Nacional Valuador (CNV).
  • De calificarse la invalidez, se notifica al empleador a través de la afiliada que notifique el aviso de salida y a su vez el peticionario deberá confirmar en el sistema del IESS (página web) la aceptación de la jubilación.
  • La Unidad de Pensiones genera el Acuerdo de Aprobación de la Jubilación.

Jubilación por vejez

En cambio, para personas con alguna discapacidad igual o mayor al 30% puede jubilarse si cumple con una de las condiciones: para cualquier tipo de discapacidad es necesario tener 300 imposiciones o si tiene discapacidad intelectual es necesario contar con 240.

  • 480 imposiciones o más sin límite de edad.
  • 360 imposiciones o más y cumplir 60 años o más.
  • 180 imposiciones o más y cumplir 65 años o más.
  • 120 imposiciones o más y cumplir 70 años o más.

El monto de las pensiones que recibe el jubilado tiene relación con el salario de aportación. El promedio de la suma de los mejores sueldos de cinco años de su historia laboral, se multiplica por un coeficiente que tiene relación con los años de aportes. El afiliado, antes de jubilarse, puede consultar el monto aproximado que recibiría en www.iess.gob.ec.

El jubilado por vejez tiene derecho a préstamo hipotecario y quirografario, a través del portal web www.iess.gob.ec y de la web del Biess www.biess.fin.ec, utilizando su cédula de ciudadanía y número de clave.

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FUENTE

EL UNIVERSO

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