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Implementación del nuevo escalafón docente, el pasado 28 de julio el Ministerio de Educación dio a conocer a los docentes del magisterio nacional la implantación del nuevo escalafón mediante un comunicado oficial.
El Escalafón Magisterial o el Escalafón Docente es un sistema de clasificación que le permite a los docentes tener un mayor ingreso económico a medida que ascienden en el escalafón docente.
Implementación del nuevo escalafón docente
El escalafón es catalogado como un sistema de clasificación que le permite a los docentes tener un mayor ingreso económico de acuerdo a su nivel de educación. Este escalafón se rige bajo la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y es aplicable para todos los docentes que pertenezcan a las diversas instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales.
¿Cómo quedó la remuneración del escalafón equiparada con la ley vigente?
Categoría | Remuneración Actual | Remuneración Equiparada con la ley vigente |
A | $ 1.676 | $ 2.034 |
B | $ 1.412 | $ 1.760 |
C | $ 1.212 | $ 1.676 |
D | $ 1.086 | $ 1.412 |
E | $ 986 | $ 1.212 |
F | $ 901 | $ 1.086 |
G | $ 817 | $ 986 |
H | $ 733 | $ 817 |
I | $ 675 | $ 817 |
J | $ 527 | $ 817 |
Categoría A
Modalidad laboral: nombramiento definitivo
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 24 años de experiencia que ingresen a la categoría “G” y aprueben los cursos de formación requeridos o hayan aprobado el programa de mentoría y las evaluaciones correspondientes.
- Docentes con título técnico o tecnológico con 32 años de experiencia que hayan aprobado el curso de formación requerido y la evaluación correspondiente.
- Son requisitos adicionales los siguientes:
- Formación profesional: título de maestría en el ámbito educativo.
- Méritos: haber publicado el resultado de una experiencia exitosa e innovadora en el ámbito de su función o haber sido directivo, asesor o auditor educativo.
Categoría B
Modalidad laboral: Nombramiento definitivo
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 20 años de experiencia que ingresen a la categoría “G” y aprueben los cursos correspondientes.
- Docentes con título técnico o tecnológico con 28 años de experiencia que hayan aprobado el curso de formación requerido o hayan aprobado el programa de mentorías y la evaluación correspondiente.
- Son requisitos adicionales los siguientes:
- Formación profesional: título de maestría en el ámbito educativo.
- Méritos: haber publicado el resultado de una experiencia exitosa e innovadora en el ámbito de su función o haber sido directivo, asesor o auditor educativo.
Categoría C
Modalidad laboral: Nombramiento definitivo
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 16 años de experiencia que ingresen a la categoría “G” y aprueben los cursos de formación requeridos.
- Docentes con título de licenciado en ciencias de la educación y 24 años de experiencia y aprueben los cursos de formación requeridos y las evaluaciones correspondientes.
Categoría D
Modalidad laboral: nombramiento definitivo.
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 12 años de experiencia que ingresen a la categoría “G” y aprueben los cursos de formación requeridos.
- Docentes con título de tercer nivel técnico o tecnológico, con 20 años de experiencia y aprueben los cursos de formación requeridos y las evaluaciones correspondientes.
Categoría E
Modalidad laboral: nombramiento definitivo
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 8 años de experiencia que ingresen a la categoría «G» y aprueben los cursos de formación requeridos.
- Docentes con título de tercer nivel técnico o tecnológico, con 16 años de experiencia y aprueben los cursos de formación requeridos y las evaluaciones correspondientes.
Categoría F
Modalidad laboral: nombramiento definitivo
- Es categoría de ascenso para los siguientes profesionales:
- Docentes con 4 años de experiencia que ingresen a la categoría “G” y aprueben los cursos de formación requeridos y las evaluaciones correspondientes.
- Docentes con título de tercer nivel técnico o tecnológico, con 12 años de experiencia y aprueben los cursos de formación requeridos y las evaluaciones correspondientes.
Categoría G
Nombramiento definitivo:
- Modalidad laboral: nombramiento definitivo (concurso méritos y oposición)
- Formación profesional: licenciado en ciencias de la educación o profesional de otras disciplinas con título de posgrado en docencia.
- Formación permanente: deberá aprobar el curso de inducción en los dos primeros años desde su ingreso.
Categoría de ascenso: Será además categoría de ascenso para los docentes con categoría «H”, con 8 años de experiencia en el magisterio, que aprueben los cursos de formación requeridos y el proceso de evaluación correspondiente.
Categoría H
- Modalidad laboral: contrato ocasional o nombramiento provisional.
- Formación profesional: título de tercer nivel de grado o cuarto nivel en educación.
Categoría I
- Modalidad laboral: contrato ocasional o nombramiento provisional.
- Formación profesional: título de tercer nivel técnico y tecnológico en educación.
Categoría J
- Modalidad laboral: contrato ocasional o nombramiento provisional.
- Formación profesional: título de tercer nivel técnico, tecnológico o de grado en otras áreas del conocimiento distintas a educación.
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