Permiso por dolor menstrual en las reformas al Código de Trabajo

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Permiso por dolor menstrual en las reformas al Código de Trabajo. Las reformas al Código de Trabajo, en Ecuador, tuvieron un primer debate el 20 de abril de 2023 y entre las premisas que se incluye está el permiso por dolor menstrual para mujeres.

El asambleísta Salvador Quishpe (Pk), quien propone las reformas, sostiene que se busca equilibrar la relación entre empleador y trabajador. La Ley contiene, entre sus reformas y nuevos artículos, la posibilidad de que las mujeres tengan permisos laborales pagados, en caso de tener dolor menstrual.

Permiso por dolor menstrual en las reformas al Código de Trabajo

La Comisión Especializada Permanente del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social tiene tres meses — desde el 20 de abril — para elaborar el informe para segundo debate del “Proyecto Ley Orgánica Reformatoria al Código de Trabajo”.

Esta reforma contempla varios temas como el incremento de las vacaciones de 15 a 30 en el sector privado, acceso al trabajo por parte de personas con enfermedades catastróficas, y por primera vez en Ecuador se analiza la posibilidad de otorgar permiso pagado por dolores menstruales para las mujeres.

Permiso por cólico menstrual

La reforma plantea la posibilidad de que las mujeres puedan tomar hasta 3 días de permiso pagado al mes por dolores menstruales intensos que las incapacite.

En el continente europeo, España se convirtió, este 2023, en el primer país en reconocer el derecho a la baja médica por dolores menstruales. Un caso similar se dio, cuando fue reconocida la baja menstrual por el Gobierno regional en el sur de la India. Este hecho ocurrió en enero de 2023.

Sin embargo, son pocos los países que reconocen este derecho: Japón desde 1947, Corea del Sur, Indonesia, Taiwán, Zambia.

¿Cómo funciona la licencia por menstruar que aprobó el Congreso de España?

La Ley contempla que la menstruación dolorosa entrará en el catálogo de causas por las que los médicos españoles podrán otorgar una incapacidad temporal.

El texto detalla que existe la “consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella baja laboral en que pueda encontrarse la mujer en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis».

Además, detrás de reglas dolorosas puede haber problemas de salud como la endometriosis, los miomas uterinos, anomalías u otras patologías hormonales, entre otras, explica José Eduardo Arjona, de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO).

La directora de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, constata que una persona enferma no puede ir a trabajar y, como en otros muchos casos, en esta ocasión la sociedad, al tachar la menstruación de natural, no le da la importancia necesaria. Y valora que una iniciativa pública reconozca que determinados dolores son incapacitantes.

Otras propuestas de la reforma al Código de Trabajo

Se busca agregar el derecho a la seguridad social y sueldo fijo para los trabajadores de las plataformas digitales, modalidad laboral que se masificó tras la pandemia del covid-19.

Además, en este proyecto se incorporan temas referentes a los procesos para los despidos; la participación de las mujeres y personas con enfermedades catastróficas en la vida laboral, período de gestación y lactancia, entre otros.

Entre las principales propuestas están:

  • Un mes de vacaciones ininterrumpidas para trabajadores privados
  • Permiso con remuneración de hasta 3 días por matrimonio
  • Ampliación de 3 a 4 días de permiso con remuneración completa al trabajador, en caso de fallecimiento de su cónyuge o pareja en unión de hecho.
  • Aumento del permiso para beca de estudios en el extranjero de hasta por 2 años y con derecho a remuneración hasta por 6 meses.
  • Permiso con remuneración de hasta 3 días al mes para mujeres en caso de sufrir dolores menstruales invalidantes o incapacitantes.

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FUENTE

METRO

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