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SRI controlará los servicios de alojamiento. Dentro del plan de Control Justo, que es impulsado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) desde inicios de 2023, se apunta a formalizar y cobrar impuestos a sectores como influencers, casa de apuestas deportivas y equipos de fútbol.
A este grupo ahora se suman los ecuatorianos que son anfitriones, o que prestan servicios de alojamiento a través de plataformas digitales como Airbnb, Booking, entre otros.
SRI controlará los servicios de alojamiento
Las personas que dan servicio de alojamiento están en la mira del Servicio de Rentas Internas (SRI) que anuncia que realizará controles a los denominados anfitriones que deben gravar los servicios prestados con el 12 % del impuesto al valor agregado (IVA).
“Si ofreces alojamiento, el servicio prestado grava con 12 % de IVA. Formaliza tu actividad y cumple con tu país”, indica el SRI en sus redes sociales.
Los anfitriones deben emitir comprobantes de venta por actividades de servicio de alojamiento que realizan a través de plataformas digitales como AIRBNB o Booking.
A ellos el Servicio de Rentas Internas les recuerda que deben registrar su RUC, incluyendo la actividad económica: Servicios de alojamiento prestados por anfitriones. Gravar dicho servicio con el 12 % del IVA, declarar y paga impuesto a tiempo.
¿Quiénes son considerados anfitriones?
- El anfitrión es la persona que publica el anuncio en las plataformas digitales, por lo general es el propietario, administrador u ocupante de un bien inmueble.
- Esa persona presta el servicio de hospedaje a huéspedes nacionales o extranjeros.
La reserva y pago de este servicio se la puede realizar a través de plataformas digitales tales como AIRBNB, Booking, etc., o se la puede realizar a través de otros medios.
Según un estudio hecho por la consultora Oxford Economics, los gastos de los huéspedes, que reservaron alojamiento ofrecido a través de Airbnb, sumaron $262 millones en 2021. Eso significó alrededor del 11% de los $2.388 millones facturados por las actividades de alojamiento y comida en el país durante ese año.
¿A que régimen pertenecen quienes realizan actividades de alojamiento?
Las actividades de alojamiento son actividades que pueden ser sujetas al Rimpe o al régimen general.
- Si tiene ingresos de hasta $ 20.000 perteneces al régimen Rimpe – Negocio Popular.
- Si tiene ingresos entre $ 20.001 y $ 300.000 perteneces al régimen Rimpe – Emprendedores.
- Si sus ingresos son superiores a $ 300.000 perteneces al régimen general.
Obligaciones tributarias que tienen los anfitriones
- Inscripción en el RUC. Los contribuyentes que presenten servicios de alojamiento deberán registrarse con la actividad económica Servicios de alojamiento prestados por anfitriones.
- Actualización en el RUC. Los contribuyentes que presenten servicios de alojamiento y no tengan registrada esta actividad deberán actualizar el RUC con la actividad económica Servicios de alojamiento prestados por anfitriones.
Obligaciones tributarias de los anfitriones según su régimen:
- Rimpe – Negocio Popular: Emite nota de venta, no aplica la declaración del IVA, pero está obligado a declarar el impuesto a la renta en marzo del siguiente ejercicio fiscal (incluye IVA).
- Rimpe – Emprendedor: Emite factura electrónica, declara tarifa del 12 % del IVA semestralmente en julio y enero y debe declarar impuesto a la renta en marzo del siguiente ejercicio fiscal.
- Régimen general: Emite factura electrónica, debe declarar cada mes el IVA y el impuesto a la renta si los ingresos superan la fracción básica desgravada que para el 2023 es de $ 11.772 en el 2023.
Los arriendos permanente tienen 0% del IVA
Ante las críticas en redes sociales, el ministro de Economía, Pablo Arosemena, aclaró que no se está creando o aumentando impuestos sobre los alojamientos contratados a través de plataformas digitales.
«No es impuesto nuevo ni más alto. Los arrendamientos permanentes tienen IVA 0%; mientras los alojamientos temporales tiene IVA 12% Siempre ha sido y sigue siendo así», dijo Arosemena.
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